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Bienvenidos a Proteccion Civil

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Escrito por Municipio de Solidaridad

FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL


 
Compete a la Dirección de Protección Civil:

 

  1. Elaborar y presentar al Consejo Municipal de Protección Civil, el Programa Municipal de Protección Civil y el Plan Municipal de Contingencias.
  2. Elaborar los planes y programas básicos de prevención, auxilio y apoyo para enfrentar los diferentes tipos de calamidades que inciden en el Municipio.
  3. Basándose en la información y estadística, elaborará el diagnóstico de riesgos previsibles.
  4. Elaborar los inventarios de recursos movilizables, con base en la información proporcionada por los Comités Operativos de Protección Civil, los Comités Municipales de Verificación de Seguridad y los Comités Operativos Especializados Permanentes y Temporales, siendo los Permanentes en Huracanes, en Incendios Forestales, en Incendios Urbanos, en Instalaciones Petroquímicas y sus derivados, y en Instalaciones Eléctricas; con el fin de verificar su existencia y coordinar su utilización en caso de emergencia.
  5. Proponer las acciones necesarias para garantizar la protección de personas, instalaciones y bienes de interés común en caso de riesgo, siniestro o desastre.
  6. Proponer las acciones de auxilio y rehabilitación para atender las consecuencias de los efectos destructivos de un desastre, con el propósito fundamental de garantizar el normal funcionamiento de los servicios elementales para la comunidad.
  7. Proponer medidas que garanticen el mantenimiento o pronto restablecimiento de los servicios en los lugares afectados por el desastre.
  8. Planificar la Protección Civil en sus aspectos normativos, operativos, de coordinación y participación con el objeto de consolidar un nuevo orden Municipal de Protección Civil;
  9. Organizar y desarrollar acciones de educación y capacitación para la sociedad en materia de señalización y simulacros para la protección civil, impulsando la formación de personal que pueda ejercer dichas funciones.
  10. Promover y difundir la cultura de la Protección Civil.
  11. Coordinar a los grupos voluntarios.
  12. Proponer las medidas y los instrumentos que permitan el establecimiento de eficientes y oportunos canales de colaboración en el Municipio, abocándose además a estudiar los desastres y sus efectos en el Municipio.
  13. Las demás funciones afines a las anteriores que le confieran ordenamientos legales de la materia, y las que le asigne el Presidente o el secretario Ejecutivo del Consejo Municipal de Protección Civil;
  14. Elaborar y presentar a la Comisión Municipal de Seguridad, Salvamenteo y Rescate Acuático, el Plan de Seguridad, Salvamento y Rescate Acuático Municipal;
  15. Prevenir, mantener y preservar el orden, la seguridad, el salvamento y el rescate en su caso, de las personas que usen las playas. lagunas, caletas, esteros, cenotes o albercas dentro del territorio municipal, así como para imponer las sanciones que en este ordenamiento se prevén, en caso de incumplimiento.
  16. Las demás que resulten compatibles al ejercicio del cargo y que le confieren las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes;
  17. Las demás que le confiera el Secretario General del Ayuntamiento.
  18. Prevenir, mantener y preservar el orden, la seguridad, el salvamento y rescate, en su caso, de las personas que concurran a los lugares públicos que señala el Reglamento de Seguridad, Salvamento y Rescate Terrestre, como los que le señalen las demás leyes y reglamentos de la materia;
  19. Gestionar ante las instancias estatales y federales como Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Energía, Secretaría de Trabajo y Previsión Social, a fin de que se lleguen a acuerdos de coordinación para una actuación pronta en la solución de problemas que salvaguarden la integridad física y material de los habitantes y vecinos del Municipio.
 

 

 
Para el despacho de los asuntos que competen a la Dirección de Protección Civil, será auxiliada por las Unidades Administrativas que requiera para su desempeño.
 

 

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