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Atribuciones

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Escrito por Municipio de Solidaridad

 

  1. Convocar y asistir a las sesiones del Ayuntamiento con voz informativa y redactar las actas correspondientes en la forma que establezca el Reglamento correspondiente;
  2. Cumplir y hacer cumplir, en la esfera de su competencia las disposiciones que dicte el Ayuntamiento:
  3. Despachar los asuntos administrativos que le atribuya el Ayuntamiento y los que el Presidente Municipal le encomiende;
  4. Expedir los documentos certificados y constancias que acuerde el Ayuntamiento y el Presidente Municipal; así como de los documentos que obran en los archivos de las Dependencias Municipales;
  5. Autorizar por conducto del Oficial del Registro Civil en la jurisdicción del Municipio, la expedición de las actas del Estado Civil de las personas y expedir los certificados correspondientes;
  6. Organizar la Junta Municipal de Reclutamiento;
  7. Asesorar a los Alcaldes, Delegados y Subdelegados Municipales en los asuntos relativos a su función;
  8. Inscribir en el registro de la municipalidad a los ciudadanos con sus propiedades, industrias, profesión y ocupación;
  9. Compilar las disposiciones jurídicas que tengan vigencia en el municipio y vigilar su correcta aplicación;
  10. Implementar los mecanismos necesarios para la aplicación de las sanciones por incumplimiento al Reglamento de Faltas de Policía y Gobierno;
  11. Administrar y coordinar el funcionamiento de la Cárcel Pública Municipal;
  12. Intervenir y ejercer la vigilancia que, en materia electoral, le señalen las leyes al Ayuntamiento o los convenios que para el efecto se celebren;
  13. Vigilar, en auxilio de las autoridades federales, el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de cultos;
  14. Imponer sanciones por violaciones a los reglamentos municipales, en los términos de los mismos, cuando no se señale en ellos una Dependencia competente;
  15. Organizar, dirigir y controlar el archivo histórico, los archivos administrativos, la correspondencia oficial y la Hemeroteca Pública Municipal;
  16. Firmar todas las disposiciones o circulares de orden general que por escrito dicte el Presidente Municipal, y
  17. Nombrar y remover libremente a los Jueces Calificadores y a su Director;
  18. Realizar las investigaciones necesarias para determinar la procedencia de asignación de categoría política a los asentamientos humanos;
  19. Expedir las constancias de residencia y de vecindad que soliciten los habitantes del Municipio;
  20. Auxiliar a las autoridades estatales y federales, en el cumplimiento de las leyes y reglamentos de su competencia.
 
 

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Hoy: 2010-07-30

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